Publicaciones 2019

Derecho civil patrimonial II

Tirant lo Blanch

López y López, Ángel Manuel ed. lit.; Valpuesta Fernández, Rosario ed. lit.; Serrano Fernández, María coord.; Sánchez Lería, Reyes coord.; Leonor Aguilar Ruiz

Editorial: Tirant lo Blanch

ISBN: 9788413362205, 9788413362212, 9788490862285, 9788491432722, 978-84-9143-271-5

Año de publicación: 2019

TipoLibro

Derecho civil patrimonial. I

Tirant lo Blanch

López y López, Ángel Manuel ed. lit.; Valpuesta Fernández, Rosario ed. lit.; Infante Ruiz, Francisco J coord.; López de la Cruz, Laura coord.; Aguilar Ruiz, Leonor

Editorial: Tirant lo Blanch

ISBN: 9788413360416, 9788413360409

Año de publicación: 2019

TipoLibro

El daño moral en España, Italia y Portugal

Aracne

Francisco Oliva Blázquez ed. lit.; André Dias Pereira ed. lit.; Angelo Viglianisi Ferraro ed. lit.

EditorialAracne

ISBN978-88-255-1703-3

Año de publicación: 2019

Tipo: Libro

Resumen:

La presente obra reúne los trabajos presentados en una serie de encuentros de estudio, seminarios y congresos por parte de investigadores y profesores procedentes de doce universidades italianas, españolas y portuguesas. Loa estudios incluidos en este libro pretenden llevar a cabo un análisis preciso de las normas de carácter general o particular elaboradas para regular el daño moral, así como el estudio de las analogías y de las diferencias entre los ordenamientos objeto de análisis.

El interés superior del menor de edad en situación de desprotección como principio rector de la actuación de los poderes públicos

Boletín del Ministerio de Justicia, Año 73, Núm. 2221, pp. 1-78

Vázquez Pastor Jiménez, Lucía

Revista: 

Boletín del Ministerio de Justicia

ISSN: 0211-4267

Año de publicación: 2019

Año73

Número: 2221

Páginas: 1-78

Tipo: Artículo

Otras publicaciones en: Boletín del Ministerio de Justicia

Resumen:

En nuestro ordenamiento jurídico, los que primariamente y por disposición constitucional resultan encargados de velar por los intereses del menor de edad son sus padres y, con carácter secundario, los poderes públicos que actúan subsidiariamente, controlando la corrección de las funciones parentales. Esta actuación subsidiaria y excepcional de los poderes públicos es la que centra el presente estudio. En concreto, se aborda el análisis del sistema de protección jurídica del menor que se encuentra en situación de riesgo o desamparo, incidiendo especialmente en el primero y más importante de los principios que han de regir la actuación de los poderes públicos en la protección de la infancia y de la adolescencia: la prevalencia del interés superior del menor.

Introducción

El daño moral en España, Italia y Portugal (Aracne), pp. 17-17

André Gonçalo Dias Pereira; Francisco Oliva Blasquez; Angelo Viglianisi Ferraro

Libro: 

El daño moral en España, Italia y Portugal

  1. Francisco Oliva Blázquez (ed. lit.) 
  2. André Dias Pereira (ed. lit.) 
  3. Angelo Viglianisi Ferraro (ed. lit.)

Editorial: Aracne

ISBN: 978-88-255-1703-3

Año de publicación: 2019

Páginas: 17-17

Tipo: Capítulo de Libro

La cuantificación del daño como aporía infinita en supuestos de responsabilidad. Comentario a la STS 17 de mayo 2019 (RJ 2019, 269)

Revista Aranzadi de derecho patrimonial, Núm. 50

EUGENIO PIZARRO MORENO

Universidad Pablo de Olavide Sevilla

Revista

Revista Aranzadi de derecho patrimonial

ISSN: 1139-7179

Año de publicación: 2019

Número: 50

Tipo: Artículo

Otras publicaciones en: Revista Aranzadi de derecho patrimonial

Resumen:

Da la impresión de que, al margen de la existencia de posiciones y teorías unitarias para el planteamiento de soluciones relacionadas con la responsabilidad civil, estamos ante una cuestión que ha de suscitar un profundo debate en torno a delimitaciones conceptuales. Si partimos de la hipótesis de que la tutela de resarcimiento se activa en los casos en que se ha producido un daño civil a intereses legítimos, no podemos dejar a la intuición del momento concreto la denotación de lo que ha de entenderse por daño civil o la definición de lo que ha de entenderse por interés legítimo. Es cierto que no se ha elaborado ni en la doctrina ni en la jurisprudencia españolas un concepto cerrado de daño (y se dice desde ha mucho ya que es imposible lograrlo); y no se trata ni de un problema socialmente imputable a los juristas, ni de un reproche fuera de tono. Sí parece existir una detección de la dificultad que entraña una posible “denotación estática” del concepto de daño, pues se tiene la sensación de que entonces sería inmediatamente superado. En verdad, y junto a las dificultades conceptuales reflejadas, existen además problemas concomitantes, inescindibles, ligados a la realidad del establecimiento de una posible tutela para resarcir el daño causado a un interés legítimo.

La determinación del precio en el contrato de servicios

Revista Aranzadi de derecho patrimonial, Núm. 48

LUCÍA VÁZQUEZ-PASTOR JIMÉNEZ

Universidad Pablo de Olavide

Revista: 

Revista Aranzadi de derecho patrimonial

ISSN: 1139-7179

Año de publicación: 2019

Número: 48

Tipo: Artículo

Otras publicaciones en: Revista Aranzadi de derecho patrimonial

Resumen:

El presente trabajo pretende abordar un particular aspecto dentro del régimen jurídico del contrato de servicios, cual es la determinación del precio a falta de pacto entre las partes. Nuestro Código civil limita expresamente la posibilidad de concluir un contrato incompleto por indeterminación del objeto, exigiendo con ello la certeza del precio o la fijación de los criterios para su cuantificación como requisito de validez del contrato. Ello no obstante, la jurisprudencia española hace ya tiempo que se desmarca abiertamente de la rigidez de nuestro Código, acogiendo un sistema más flexible que trata de salvar al contrato frente a la indeterminación del precio. Y en esta misma línea, mucho más acorde con la realidad actual, los principales textos armonizadores del Derecho contractual, de ámbito internacional y europeo, prescinden como requisito esencial para la validez del contrato de la determinación o determinabilidad del precio, optando por un sistema de precio abierto o indeterminado, conocido como open price contract.

La dignidad de la persona en las indebidamente denominadas "granjas de mujeres": un posible caso de drittwirkung

Mujer, maternidad y Derecho

Eugenio Pizarro Moreno

Universidad Pablo de Olavide

Libro

Mujer, maternidad y Derecho

  1. María Paz García Rubio (dir.) 
  2. Julia Ammerman Yebra (coord.) 
  3. Mónica García Goldar (coord.) 
  4. Ignacio Varela Castro (coord.)

Editorial: Tirant lo Blanch

ISBN: 978-84-1313-452-9

Año de publicación2019

Páginas727-747

Congreso: Congreso sobre la feminización del Derecho Privado (5. 2017. Santiago de Compostela)

Tipo: Aportación congreso

Objeción de conciencia a la dispensación de la "píldora del día después": análisis crítico de la STC 145/2015

Mujer, maternidad y Derecho

Francisco Oliva Blázquez

Universidad Pablo de Olavide

Libro: 

Mujer, maternidad y Derecho

  1. María Paz García Rubio (dir.) 
  2. Julia Ammerman Yebra (coord.) 
  3. Mónica García Goldar (coord.) 
  4. Ignacio Varela Castro (coord.)

Editorial: Tirant lo Blanch

ISBN: 978-84-1313-452-9

Año de publicación2019

Páginas: 491-510

Congreso: Congreso sobre la feminización del Derecho Privado (5. 2017. Santiago de Compostela)

TipoAportación congreso

Reflexiones sobre los actuales contornos del daño moral contractual en el derecho español: la superación de la expresión "daño moral" por la de "daño no patrimonial"

El daño moral en España, Italia y Portugal (Aracne), pp. 145-159

Juan Pablo Pérez Velázquez

Libro: El daño moral en España, Italia y Portugal
Francisco Oliva Blázquez (ed. lit.) André Dias Pereira (ed. lit.) Angelo Viglianisi Ferraro (ed. lit.)
Editorial: Aracne

ISBN: 978-88-255-1703-3

Año de publicación: 2019

Páginas: 145-159

Tipo: Capítulo de Libro

Responsabilidad civil por los daños morales ocasionados en el ámbito familiar a causa de la ocultación de la paternidad: Comentario a la STS de 13 de noviembre de 2018 (RJ 2018, 5158)

Revista Aranzadi de derecho patrimonial, Núm. 48

LAURA LÓPEZ DE LA CRUZ

Universidad Pablo de Olavide

Revista

Revista Aranzadi de derecho patrimonial

ISSN: 1139-7179

Año de publicación: 2019

Número: 48

Tipo: Artículo

Otras publicaciones en: Revista Aranzadi de derecho patrimonial

Resumen:

La ocultación de la falsa paternidad del marido por parte de la esposa se considera una conducta susceptible de causar daño pero no indemnizable mediante el ejercicio de acciones propias de la responsabilidad civil contractual o extracontractual. El Tribunal Supremo considera que el incumplimiento de los deberes conyugales tiene respuesta en la normativa reguladora del matrimonio mediante la separación o el divorcio, pero no son coercibles jurídicamente con medidas distintas y tampoco contempla la indemnización de un daño moral generado a uno de los cónyuges por incumplimiento de los mismos.

Sobre la exigua utilización del artículo 831 del Código civil: aporías de su actual redacción

Anuario de derecho civil, Vol. 72, Núm. 4, pp. 1133-1202

Juan Pablo Pérez Velázquez

Revista

Anuario de derecho civil

ISSN: 0210-301X

Año de publicación: 2019

Volumen: 72

Número: 4

Páginas: 1133-1202

Tipo: Artículo

Otras publicaciones en: Anuario de derecho civil

Referencias bibliográficas:

  • Albaladejo García, M.: «El otorgamiento de la facultad de mejorar por el causante a otra persona», Revista de Derecho Privado, 2005, pp. 3-22.
  • Alpañés, E.: «La delegación de la facultad de mejorar», Revista General de Legislación y Jurisprudencia, 1953, pp. 273-331.
  • Bermejo Pumar, M. M.: El artículo 831 del Código civil, Madrid, 2001.
  • Busto Lago, José M.: «Tema IX. Limitaciones dispositivas del causante: legítimas y reservas», en Derecho de Sucesiones, Madrid, 2009, pp. 414-529.
  • Cámara Lapuente, S.: «Comentario al artículo 831», en Código Civil Comentado, volumen II, 2.ª edición, 2016, pp. 906-920.
  • Carballo Fidalgo, M.: «Comentario al artículo 1057», en Código Civil Comentado, volumen III, 1.ª edición, 2011, pp. 1735-1742.
  • Díaz Fuentes, A.: «Excepciones legales al personalismo de las disposiciones mortis causa», Anuario de Derecho Civil, 1965, pp. 877-909.
  • Díez Gómez, A.: «El nuevo artículo 831 del Código civil», Revista de Derecho Notarial, 1982, pp. 405-424.
  • Egusquiza Balmaseda, M. Á.: Sucesión Mortis Causa de la Familia Recompuesta (De la Reserva Vidual a la Fiducia Sucesoria), Navarra, 2015.
  • Espejo Lerdo de Tejada, M.: La Sucesión Contractual en el Código Civil, Sevilla, 1999.
  • Florensa i Tomàs, C. E.: «La facultad de mejorar concedida al cónyuge supérstite por el testador: el nuevo artículo 831 CC», en Protección jurídica y patrimonial de los discapacitados, 2005, pp. 117-141.
  • García Goyena, F.: Concordancias, motivos y comentarios del Código civil español, Reimpresión de la edición de Madrid, 1852, al cuidado de la Cátedra de Derecho civil de la Universidad de Zaragoza, con una nota preliminar del Prof. Lacruz Berdejo y una tabla de concordancias con el Código civil vigente, Zaragoza, 1974.
  • García Rubio, M. P.: «La reformulación por la Ley 41/2003 de la delegación de la facultad de mejorar», Anuario de Derecho Civil, 2008, pp. 57-112.
  • García Rubio, M. P.: «Comentario al artículo 831», en Comentarios al Código civil, Valladolid, 2010, pp. 949-951.
  • Garrido de Palma, V. M.: «Actualidad de la fiducia sucesoria del art. 831 del Código Civil», Revista Jurídica del Notariado, 2012, pp. 353-372.
  • Lacruz Berdejo, J. L., y Sancho Rebullida, F. A.: Derecho de Sucesiones (II), Barcelona, 1973.
  • Lacruz Berdejo, J. L., Sancho Rebullida, F. A., Luna Serrano, A., Delgado Echevarría, J., Rivero Hernández, F., y Rams Albesa, J.: Derecho de Sucesiones, 5.ª edición, Barcelona, 1993.
  • Lacruz Berdejo, J. L., Sancho Rebullida, F. A., Luna Serrano, A., Delgado Echevarría, J., Rivero Hernández, F., y Rams Albesa, J.: Elementos de Derecho Civil. V Sucesiones, 4.ª edición (revisada y puesta al día por Joaquín Rams Albesa), Madrid, 2009.
  • López Beltrán de Heredia, C.: «El artículo 831 del Código Civil», Anuario de Derecho Civil, 2005, pp. 1115-1152.
  • Martínez Ortega, J. C., Infante González de la Aleja, J. R., y Rodríguez Domínguez, R.: El testamento y la herencia. IV La Oficina Notarial, Barcelona, 2013.
  • Martínez Sanchiz, J. Á.: «El artículo 831 y el favor viduitatis», en El patrimonio sucesorio: Reflexiones para un debate reformista, Madrid, 2014, pp. 969-1002.
  • Millán Salas, F.: «La delegación de la facultad de mejorar del artículo 831 del Código civil», Revista General de Legislación y Jurisprudencia, 2006, pp. 403-434.
  • Oliva Blázquez, F., Pérez Velázquez, J. P., y Cadenas Osuna, D.: Tratado teórico práctico del testamento notarial abierto, Barcelona, 2018.
  • Pérez Velázquez, J. P.: «Alcance y límites de la prohibición testamentaria de que los herederos acudan a la intervención judicial en la cautela socini: comentario a la Sentencia del Tribunal Supremo de 17 de enero de 2014 (RJ 2014, 3116)», Revista de Derecho Patrimonial, 2014, pp. 473-492.
  • Rivas Martínez, J. J.: Derecho de sucesiones. Común y foral, tomo II, Madrid, 2009.
  • Roca Guillamón, J.: «Delegación fiduciaria de la facultad de distribuir y mejorar (notas al artículo 831 del Código civil; Ley 41/2003», en Libro Homenaje al profesor Manuel Albaladejo García, tomo II, Madrid, 2004, pp. 4279-4301.
  • Romero-Girón Delieto, J.: «El nuevo artículo 831 CC: la fiducia sucesoria. Una aplicación práctica», Revista Jurídica del Notariado, 2006, pp. 221-231.
  • Rueda Esteban, L.: «Algunos aspectos sobre el ejercicio de la comisión o encargo hecho en virtud del artículo 831 CC: ejecución de la delegación y de la fiducia», Revista Jurídica del Notariado, 2013, pp. 325-404.
  • Rueda Esteban, L.: La delegación de la facultad de mejorar del artículo 831 del Código civil: auténtica fiducia sucesoria en Derecho civil común, Madrid, 2014.
  • Rueda Esteban, L.: «Parte quinta: Artículo 831 del Código civil: auténtica fiducia sucesoria en Derecho civil común», en Instituciones de Derecho Privado, tomo V Sucesiones, volumen 1.º, 2.ª edición, Navarra, 2015, pp. 1305-1378.
  • Sapena Tomás, J.: «La fiducia conyugal (Artículo 831 del Código Civil)», en Homenaje a Juan Berchmans Vallet de Goytisolo, volumen VIII, Madrid, 1988, pp. 907-985.
  • Seco Caro, E.: Partición y mejora encomendada al cónyuge viudo, Barcelona, 1960.
  • Seda Hermosín, M.: «Facultad de fiducia sucesoria del art. 831 del Código Civil», Academia Sevillana del Notariado, 2006, pp. 263-279.
  • Sierra Pérez, I.: «La fiducia sucesoria en Derecho Común: el artículo 831 del Código Civil en la Ley 41/2003, de 18 de noviembre», Revista Aranzadi de Derecho Patrimonial, 2007, pp. 89-114.
  • Urrutia Badiola, A. M.: «La fiducia sucesoria, ¿una institución con futuro?, http//www.legaltoday.com/practica-juridica/civil/sucesiones/la-fiduciasucesoria-una-institución-con-futuro, 2008.
  • Vallet de Goytisolo, J, B.: «Comentario al artículo 831 del Código civil», en Comentarios al Código Civil y Compilaciones Forales, tomo XI, 2.ª edición revisada y aumentada, Madrid, 1982, pp. 403-428.
  • Vallet de Goytisolo, J, B.:«Comentario al artículo 831 del Código civil», en Comentario del Código Civil, tomo I, Madrid, 1991, pp. 2054-2060.
Violencia contra las mujeres y refugio: Estudio de la concesión del estatuto de refugiada desde una perspectiva de género

Tirant lo Blanch

Zamora Gómez, Cristina María; Sánchez Lería, Reyes pr.

Editorial: Tirant lo Blanch

ISBN: 978-84-1336-628-9, 978-84-1336-627-2

Año de publicación: 2019

TipoLibro

Resumen:

Las mujeres suelen presentar especificidades en sus experiencias de refugio. En este trabajo se defiende que las mismas tienen que ver con las violencias basadas en el género que sufren las mujeres en general y las refugiadas en particular. Estas violencias específicas condicionan los elementos configuradores de la definición de persona refugiada de ámbito universal que presenta el artículo 1A(2) de la Convención de Ginebra sobre el Estatuto de los Refugiados de 1951. Parte de la doctrina iusfeminista ha llevado a cabo una labor de categorización en aras de clasificar y clarificar estas violencias dentro del Estatuto de Refugiada. Para tal propósito esta doctrina ha defendido que tales violencias pueden marcar tanto la «forma de persecución » de las mujeres como los «motivos de persecución». Al no contemplarse como motivos de persecución de la Convención de Ginebra de 1951 ni el sexo ni el género, esta doctrina ha planteado varias vías por las cuales colmar tal laguna.